Sección de Vivienda y Cumplimiento de la Ley Civil
Acerca de la sección
La Sección de Vivienda y Cumplimiento de la Ley Civil trabaja para proteger algunos de nuestros derechos fundamentales, entre ellos el derecho al acceso a la vivienda sin ser discriminado, el derecho al acceso igualitario al crédito, el derecho a frecuentar lugares de comercio que ofrecen instalaciones públicas y el derecho a practicar una religión sin ser discriminado.
Información general
Liderazgo
Carrie Pagnucco
Jefa
Contacto
(202) 514-4713
FAX: (202) 514-1116
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, N.W.
Housing and Civil Enforcement Section, 4CON
Washington, D.C. 20530
Correo electrónico
fairhousing@usdoj.gov
La Sección de Vivienda y Cumplimiento de la Ley Civil ejecuta lo siguiente:
- la ley de Vivienda Justa, que prohíbe la discriminación en el ámbito de la vivienda
- la ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito, que prohíbe la discriminación en el ámbito del crédito
- el Título II de la ley de Derechos Civiles de 1964, que prohíbe la discriminación en ciertas instalaciones públicas, tales como hoteles, restaurantes, discotecas y teatros. El Departamento de Justicia puede entablar un pleito al amparo del Título II cuando existe un motivo para creer que alguien tiene un patrón o una práctica de discriminar, en violación del Título II. Las personas individuales también pueden presentar demandas para hacer valer sus derechos en virtud del Título II
- la ley del Uso de Terreno para Fines Religiosos e Individuos Institucionalizados, que prohíbe que las administraciones locales adopten o apliquen reglamentos que discriminen a instituciones o grupos religiosos o que impongan cargos injustificables al ejercicio de la religión
- y la ley de Amparo Civil para Miembros del Servicio Militar, que decreta la suspensión temporal de procesos judiciales y administrativos y protecciones civiles en ámbitos como la vivienda, el crédito e impuestos para militares mientras estos se incorporen al servicio activo